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Vol. 5 N° 1, enero-junio 2026 (1043-1053)
ISSN: 2960-8317
1043
Artículo de revisión
Vulneración a la integridad psíquica y afectiva del trabajador
frente al despido arbitrario: un análisis del daño moral
Violation of the psychological and emotional integrity of the worker in the face
of arbitrary dismissal: an analysis of moral damages
Yomaira Aracely Barreto Toapanta*
Universidad Nacional de Chimborazo
Riobamba - Ecuador
yomaira.barreto@unach.edu.ec
https://orcid.org/0009-0006-8288-6475
Ariel Antony Tayupanda Tayupanda
Universidad Nacional de Chimborazo
Riobamba - Ecuador
ariel.tayupanda@unach.edu.ec
https://orcid.org/0009-0002-9178-392X
Cristhian Mauricio Paltan Guaman
Universidad Nacional de Chimborazo
Riobamba - Ecuador
cristhian.paltan@unach.edu.ec
https://orcid.org/0009-0009-8494-5119
Fredy Roberto Hidalgo Cajo
Universidad Nacional de Chimborazo
Riobamba - Ecuador
fhidalgo@unach.edu.ec
https://orcid.org/0000-0001-6873-7250
*Correspondencia:
yomaira.barreto@unach.edu.ec
Cómo citar este artículo:
Barreto, Y., Tayupanda, A., Paltan, C., &
Hidalgo, F. (2026).
Vulneración a la
integridad psíquica y afectiva del
trabajador frente al despido arbitrario: un
análisis del daño moral. Esprint
Investigación, 5(1), 1043-1053.
https://doi.org/10.61347/ei.v5i1.327
Recibido: 15 de mayo de 2026
Aceptado: 17 de junio de 2026
Publicado: 26 de junio de 2026
Resumen: La vulneración de la integridad psíquica y afectiva del trabajador frente al
despido arbitrario se produce cuando la terminación laboral ocurre sin causa justificada
o sin el respeto de garantías mínimas, generando afectaciones emocionales, psicológicas
y sociales que trascienden el ámbito económico. Esta situación evidencia limitaciones en
la protección jurídica del trabajador y en la reparación efectiva del daño moral en el
derecho laboral contemporáneo. El objetivo del estudio fue analizar la vulneración de la
integridad psíquica y afectiva del trabajador frente al despido arbitrario, a partir del
examen de la estructura legal del daño moral, su desarrollo doctrinal y jurisprudencial,
así como la protecci
ón que brinda el ordenamiento jurídico para garantizar una
reparación integral. La metodología empleada fue de enfoque cualitativo y diseño
descriptivo, basada en una revisión bibliográfica de normas internacionales y nacionales,
incluyendo instrumentos como la Organización Internacional del Trabajo, la Declaración
Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, la Constitución de la República del Ecuador y el Código del
Trabajo. Asimismo, se analizaron artículos científicos indexados en bases de datos como
Scopus y Google Scholar. Los resultados evidencian que el marco jurídico internacional
reconoce el despido arbitrario como una vulneración de derechos fundamentales,
mientras que a nivel nacional la reparación se centra principalmente en lo económico, lo
que limita la protección del daño moral. Además, la doctrina y la jurisprudencia
muestran falta de uniformidad en su cuantificación. Se concluye que existe una brecha
entre el reconocimiento normativo y su aplicación efectiva, especialmente en la
reparación integral del daño psíquico y afectivo del trabajador.
Palabras clave: Daño moral, despido arbitrario, trabajador, vulneración.
Abstract: The violation of the worker’s psychological and emotional integrity in the context of
unfair dismissal occurs when employment termination takes place without justified cause or
without the respect of minimum guarantees, generating emotional, psychological, and social
effects that transcend the economic sphere. This situation highlights limitations in the legal
protection of workers and in the effective compensation for moral damages within contemporary
labor law. The objective of the study was to analyze the violation of the worker’s psychological
and emotional integrity in the context of unfair dismissal, examining the legal structure of moral
damages, its doctrinal and jurisprudential development, as well as the protection provided by the
legal system to ensure comprehensive reparation. The methodology employed was qualitative with
a descriptive design, based on a literature review of international and national regulations such
as the International Labour Organization, the Universal Declaration of Human Rights, the
International Covenant on Economic, Social and Cultural Rights, the Constitution of the
Republic of Ecuador, and the Labour Code. Additionally, scientific articles were analyzed using
databases such as Scopus and Google Scholar. The results show that the international legal
framework recognizes unfair dismissal as a violation of fundamental rights, while at the national
level compensation is mainly focused on economic aspects, limiting the protection of moral
damages. Furthermore, doctrine and jurisprudence show a lack of uniformity in its quantification.
It is concluded that there is a gap between normative recognition and its effective application,
especially regarding the comprehensive reparation of the worker’s psychological and emotional
harm.
Keywords: Arbitrary dismissal, moral damage, violation, worker.
Copyright: Derechos de autor 2026 Yomaira
Aracely Barreto Toapanta, Ariel Antony
Tayupanda Tayupanda, Cristhian Mauricio
Paltan Guaman, Fredy Roberto Hidalgo
Cajo.
Esta obra está bajo una licencia internacional
Creative Commons Atribución-
NoComercial 4.0.
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1. Introducción
A pesar de la existencia de normas que protegen el derecho al trabajo y la dignidad del trabajador, en
la práctica no siempre se garantiza una protección efectiva frente al despido arbitrario. Esta situación
genera que un número significativo de trabajadores experimente afectaciones emocionales,
psicológicas y sociales que no siempre son reconocidas ni reparadas adecuadamente por el sistema
jurídico, lo que debilita la tutela integral de sus derechos fundamentales (Barrionuevo & Pachano,
2025).
En este contexto, el despido arbitrario se configura como una manifestación de vulneración de
derechos laborales que trasciende la esfera económica, afectando directamente la integridad psíquica
y afectiva del trabajador. Este tipo de desvinculación laboral puede generar consecuencias como
ansiedad, depresión, disminución de la autoestima y deterioro de las relaciones familiares y sociales,
lo que evidencia la necesidad de fortalecer los mecanismos de protección jurídica (Flores et al., 2025;
Lasso, 2025).
El trabajo, como derecho humano fundamental, se encuentra estrechamente vinculado con la
dignidad de la persona. La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) establece el derecho
a condiciones laborales equitativas, a la protección contra el desempleo y a una remuneración justa, lo
cual implica que el Estado debe garantizar el ejercicio pleno del derecho al trabajo. En este sentido, la
afectación de este derecho incide directamente en el bienestar psicológico, emocional y social del
trabajador, limitando su desarrollo integral (Galindo, 2025; Hernández-Infante et al., 2025).
Desde una perspectiva social y económica, la pérdida del empleo no solo implica la reducción de
ingresos, sino también la ruptura de la estabilidad personal y familiar, generando situaciones de
vulnerabilidad y exclusión social. Diversos estudios evidencian que un alto porcentaje de trabajadores
despedidos de forma arbitraria presentan afectaciones emocionales importantes, como estrés, tristeza
y desmotivación, lo que impacta en su vida cotidiana y en su entorno social (García & Salazar, 2025;
Rangel, 2022).
En el plano normativo, tanto el marco internacional como el nacional establecen mecanismos de
protección frente al despido injustificado. La Constitución de la República del Ecuador (2008) reconoce
la estabilidad laboral, la dignidad humana y la seguridad jurídica como principios fundamentales. De
igual forma, el Convenio N.º 158 de la Organización Internacional del Trabajo (1982) establece la
necesidad de una causa justificada para la terminación del contrato laboral, así como la obligación de
garantizar mecanismos de reparación adecuados en caso de despido injustificado.
El daño moral derivado del despido arbitrario se relaciona con la afectación de bienes
extrapatrimoniales como la integridad psíquica, la autoestima y la reputación del trabajador. Sin
embargo, su acreditación presenta dificultades debido a su naturaleza subjetiva, lo que exige el uso de
evidencia médica, psicológica y testimonial para su adecuada valoración (Naranjo & López, 2025).
Asimismo, la jurisprudencia muestra criterios dispares en su reconocimiento y cuantificación, lo que
evidencia la necesidad de mayor uniformidad en su tratamiento (Vega, 2026; Escobar & Charry, 2026).
En este sentido, se propone un enfoque integral que combine la indemnización económica con la
restitución de derechos y el acompañamiento psicológico, así como la implementación de criterios
probatorios más objetivos que permitan una tutela judicial efectiva del trabajador frente al despido
arbitrario (Pin-Zambrano, 2024; Konadu et al., 2025).
Finalmente, el presente estudio tiene como objetivo analizar la vulneración de la integridad psíquica
y afectiva del trabajador frente al despido arbitrario, examinando la estructura legal del daño moral,
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su desarrollo doctrinal y jurisprudencial, así como la protección que brinda el ordenamiento jurídico
para garantizar una reparación integral. Para ello, se proponen como objetivos específicos: examinar
el marco jurídico nacional e internacional del despido arbitrario, analizar la doctrina y jurisprudencia
sobre indemnización por daño moral identificando los factores que influyen en su cuantificación, y
evaluar los mecanismos de prueba y los procedimientos judiciales que permiten acreditar el daño
moral y asegurar su reparación efectiva.
2. Metodología
El presente estudio adoptó un enfoque cualitativo y descriptivo, centrado en analizar la vulneración
de la integridad psíquica y afectiva del trabajador frente al despido arbitrario. El diseño de la
investigación fue de tipo narrativo y se basó en una revisión bibliográfica de marcos internacionales y
nacionales, incluyendo la Organización Internacional del Trabajo, la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Código
del Trabajo del Ecuador y la Constitución de la República del Ecuador. Asimismo, se incorporaron
artículos científicos obtenidos de bases de datos indexadas como Scopus y Google Scholar.
El proceso de búsqueda bibliográfica se realizó mediante la aplicación de descriptores y operadores
booleanos en español e inglés, tales como “unfair dismissal” AND “moral damage”, “unfair dismissal”
AND “emotional distress” y “despido arbitrario” AND “daño moral”. Estos criterios permitieron
delimitar estudios directamente relacionados con la vulneración de la integridad psíquica y afectiva
del trabajador frente al despido arbitrario.
La información recopilada fue sistematizada mediante matrices de análisis, lo que facilitó la
comparación estructurada entre autores, la identificación de convergencias y divergencias teóricas, así
como la detección de vacíos conceptuales en la literatura existente.
Este enfoque permitió organizar los hallazgos en tres ejes principales: el marco jurídico nacional e
internacional del despido arbitrario, la doctrina y jurisprudencia sobre la indemnización por daño
moral, y los mecanismos de prueba y procedimientos judiciales para la acreditación y reparación
efectiva del daño moral.
3. Resultados
Marco jurídico nacional e internacional del despido arbitrario y la protección de la integridad del
trabajador
El marco jurídico nacional e internacional que regula el despido arbitrario y la protección de la
integridad del trabajador se fundamenta en un conjunto de normas orientadas a garantizar la
estabilidad laboral, la dignidad humana y la reparación frente a la terminación injustificada del vínculo
laboral.
En el ámbito internacional, la Organización Internacional del Trabajo (1982), a través del Convenio
sobre la terminación de la relación de trabajo, 1982 (núm. 158), establece que ningún trabajador puede
ser despedido sin una causa justificada vinculada a su conducta, capacidad o necesidades de la
empresa. Este instrumento exige, además, garantías mínimas como el derecho a la defensa, la
notificación de los motivos del despido y la posibilidad de impugnar la decisión ante una autoridad
imparcial. Asimismo, prevé que, frente a un despido injustificado, corresponde una reparación
adecuada, ya sea mediante la reposición en el empleo o la indemnización, reforzando la protección de
la dignidad e integridad del trabajador.
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De forma complementaria, la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) reconoce el
derecho al trabajo, la libre elección de empleo, condiciones equitativas y la protección contra el
desempleo, situando la dignidad humana como eje central del sistema de derechos. Bajo este enfoque,
el despido arbitrario no solo representa un conflicto laboral, sino también una posible vulneración de
derechos humanos cuando se realiza sin justificación ni garantías mínimas, afectando la estabilidad
emocional, social y el proyecto de vida del trabajador. Aunque este instrumento no es jurídicamente
vinculante, constituye un referente interpretativo fundamental para la construcción de estándares
nacionales.
En la misma línea, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966)
reconoce el derecho al trabajo y obliga a los Estados a adoptar medidas que garanticen condiciones
laborales justas y la protección frente al despido injustificado. Este instrumento amplía la comprensión
del despido arbitrario al considerar no solo sus efectos económicos, sino también su impacto en la
integridad física, psíquica y social del trabajador, derivado de las consecuencias emocionales y sociales
que genera la pérdida del empleo.
En el ámbito nacional, el Código del Trabajo del Ecuador (2005) regula las formas de terminación
de la relación laboral y establece indemnizaciones frente al despido intempestivo o arbitrario bajo el
principio de compensación económica. Sin embargo, esta regulación evidencia una limitación
estructural, puesto que la respuesta jurídica se centra en la reparación patrimonial, dejando en segundo
plano la afectación psicológica y el daño moral, lo que reduce la efectividad de la reparación integral
del trabajador.
A nivel constitucional, la Constitución de la República del Ecuador (2008) reconoce el trabajo como
un derecho y un deber social, garantizando la dignidad humana, la estabilidad laboral y la protección
de la integridad física y psíquica. En este sentido, el despido arbitrario trasciende la esfera laboral y
adquiere relevancia constitucional cuando vulnera derechos fundamentales, activando la obligación
estatal de garantizar mecanismos de protección y reparación integral.
En conjunto, el marco jurídico nacional e internacional muestra una convergencia normativa en la
protección del trabajador frente al despido arbitrario; sin embargo, también se identifica una brecha
entre el reconocimiento formal de los derechos y su efectividad práctica, especialmente en lo referente
a la reparación del daño psíquico, emocional y social. Esta situación revela que, si bien existe un marco
jurídico sólido en términos declarativos, su aplicación aún resulta limitada y desigual, lo que debilita
la garantía de una protección integral y uniforme de la integridad del trabajador en escenarios de
despido injustificado.
Doctrina y jurisprudencia sobre la indemnización por daño moral en el contexto laboral
La doctrina y la jurisprudencia sobre el daño moral en el ámbito laboral evidencian la evolución de la
protección del trabajador frente al despido arbitrario en distintos sistemas jurídicos. Se reconoce que
este tipo de despido no solo genera consecuencias económicas, sino también afectaciones a la
integridad emocional y psicológica del trabajador, lo que ha motivado un desarrollo progresivo de
criterios doctrinales y jurisprudenciales orientados a su reparación. En este contexto, la Tabla 1
presenta los principales aportes doctrinales y jurisprudenciales relacionados con la regulación del
despido arbitrario y la protección de la integridad del trabajador.
Desde una perspectiva comparada, Lisbona (2024) evidencia en España la falta de criterios
uniformes para la cuantificación del daño moral, generando dependencia jurisprudencial e
inseguridad jurídica, además de cuestionar la insuficiencia de baremos administrativos como método
de reparación individual.
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En Perú, Taipehuaman (2025) destaca que el despido incausado produce efectos económicos y
también psicológicos y familiares; sin embargo, la reparación del daño moral es limitada por baja
judicialización y ausencia de medidas psicosociales complementarias.
En Venezuela, Villegas (2026) sostiene que el daño moral en casos de acoso laboral requiere prueba
del hecho ilícito y del nexo causal, consolidándose como mecanismo de tutela de derechos laborales,
aunque con alta carga probatoria para el trabajador.
En Ecuador, Vega (2026) identifica incertidumbre jurisprudencial y criterios no uniformes en la
reparación del daño moral, evidenciando tensiones entre indemnización tarifada y reparación integral,
lo que debilita la tutela judicial efectiva.
Tabla 1
Doctrina y jurisprudencia sobre daño moral en el contexto laboral
Autores País Enfoque principal Aporte al daño moral en despido laboral
Lisbona
(2024)
España
Análisis crítico de la
problemática de la
cuantificación de los
daños morales en el
ámbito laboral, ante
la falta de criterios
normativos propios
y la diversidad de
criterios
jurisprudenciales,
buscando
referencias objetivas
para su fijación.
Se destaca que la jurisprudencia ha evolucionado, pasando por la
presunción del daño a la exigencia de su prueba mínima, y actualmente
a valorar las circunstancias fácticas de la transgresión de derechos
fundamentales para una compensación acorde a la gravedad del daño.
Se critica el uso generalizado de la LISOS como única referencia, puesto
que su función sancionadora no se ajusta plenamente a la reparación
de un daño individual, generando inseguridad jurídica y resultados
dispares. Se proponen como criterios a considerar para el legislador y
los tribunales: la antigüedad del trabajador, la persistencia de la
vulneración, la intensidad del quebrantamiento, las consecuencias en
la situación personal o social del trabajador, la posible reincidencia, el
carácter pluriofensivo de la lesión, el contexto de la conducta, y la
actitud de la empresa para obstaculizar la defensa del derecho
infringido.
Taipehuam
an (2025)
Perú
La desprotección
laboral frente al
despido sin causa y
la eficacia de la
administración de
justicia.
- El despido sin causa, aunque no está regulado expresamente en la
ley, ha sido creado por la jurisprudencia del máximo intérprete
constitucional, adquiriendo una naturaleza propia que lo diferencia
de otros tipos de despido.
- La normativa prevé una indemnización y la reposición del empleado
en su puesto debido a la ausencia de una razón válida que justifique
la terminación del vínculo.
- En la práctica, los Gobiernos Locales cometen graves vulneraciones
al derecho al trabajo al despedir obreros bajo regímenes inapropiados
(como CAS) y alegando el término de contrato, lo cual no es una
causal válida de despido.
- El despido sin causa tiene un impacto profundamente negativo en la
vida del trabajador, afectando aspectos emocionales, económicos y
familiares, generando estrés, ansiedad, preocupación, depresión y baja
autoestima.
- Aunque los jueces pueden ordenar una indemnización por daño moral en
casos judiciales exitosos, esto solo remedia parcialmente el sufrimiento
emocional. No todos los despidos se judicializan, y el legislador no ha
considerado suficientemente el impacto emocional y psicológico, dejando
al trabajador sin acompañamiento psicológico estatal
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Villegas
(2026)
Venezuela
Protección de los
derechos humanos
laborales frente al
acoso laboral, con
énfasis en la carga
de la prueba y
reparación
El daño moral derivado del acoso laboral es reconocido jurídicamente
con base en el hecho ilícito patronal (artículo 1185 del Código Civil),
requiriendo que el trabajador pruebe el daño, el hecho ilícito y la
relación causal; constituye una causa para retiro justificado y puede dar
lugar a indemnizaciones por daños y perjuicios.
Vega
(2026)
Ecuador
Enfoque restrictivo /
mixto confuso (sin
consolidar)
-
Existe incertidumbre sobre la compatibilidad con las
indemnizaciones tarifadas por despido, generando respuestas
judiciales dispares y una escasez de fallos uniformes.
- La carga probatoria recae íntegramente sobre el trabajador, lo que
eleva las barreras de acceso a la tutela judicial efectiva.
- Vulneración que afecte bienes personalísimos (honra, integridad
psíquica, dignidad) más allá de las consecuencias económicas.
-
Daño acreditado mediante pruebas idóneas (informes periciales
médicos o psicológicos).
- Compatibilidad con indemnizaciones tarifadas que tengan carácter
sancionatorio y no meramente resarcitorio.
-
Se requiere consolidar lineamientos dogmáticos para delimitar
requisitos de configuración, estándares probatorios y criterios de
compatibilidad
Mecanismos de prueba y procedimientos judiciales para la acreditación del daño moral y su
reparación efectiva
El análisis de los factores y mecanismos de prueba del daño moral permite comprender cómo el sistema
judicial evalúa la existencia y magnitud del perjuicio extrapatrimonial, así como los elementos
necesarios para garantizar una reparación efectiva. En este sentido, la Tabla 2 evidencia que la
acreditación del daño moral no depende de un único medio probatorio, sino de un conjunto de
elementos que deben ser valorados de manera integral por el juzgador dentro del proceso judicial.
El daño moral presenta una dimensión psicológica relacionada con el impacto emocional en la
víctima, el cual debe ser acreditado mediante informes psicológicos, testimonios especializados y
evidencias objetivas del estado emocional, siendo además relevante la preservación de evidencia
digital cuando corresponda.
En la dimensión social, el daño se manifiesta en la afectación de las relaciones familiares, laborales
y comunitarias, requiriendo pruebas testimoniales y evidencias de exclusión o estigmatización, cuya
valoración depende del impacto generado por terceros en el entorno de la víctima.
La dimensión cultural se vincula con la vulneración de valores como la dignidad, el honor y la
personalidad, sustentándose en normas constitucionales, convencionales y criterios jurisprudenciales,
bajo principios de proporcionalidad y límites a la libertad de expresión.
En la dimensión económica, aunque el daño moral es extrapatrimonial, puede generar efectos
indirectos en la situación laboral o profesional, los cuales se acreditan mediante evaluaciones laborales,
sanciones o pérdidas económicas asociadas.
Finalmente, la dimensión judicial destaca el rol del juez en la valoración del daño moral, exigiendo
motivación clara y coherente; sin embargo, se evidencia falta de estandarización en los criterios de
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cuantificación, lo que plantea la necesidad de lineamientos que fortalezcan la seguridad jurídica y la
reparación integral.
Tabla 2
Factores y mecanismos de prueba del daño moral
Dimensión Descripción del impacto Medio de prueba asociado Observación jurídica
Psicológico
Impacto emocional significativo
en la víctima, como humillación,
angustia, deterioro de la salud
emocional y psicológica.
Informes psicológicos, testimonios
de profesionales de salud mental,
relatos de testigos, manifestaciones
de la víctima sobre su estado
emocional.
La evidencia debe demostrar el
deterioro comprobado a nivel
emocional para justificar una
indemnización proporcional; la
prueba digital debe preservarse
adecuadamente.
Social
Afectación en las relaciones
familiares, laborales y
comunitarias, incluyendo
estigmatización y rechazo social.
Testimonios de familiares, amigos,
empleadores; evidencia de
afectación laboral o exclusión
social; interacciones sociales en
redes sociales objetivamente
verificables.
La valoración social considera
reacciones y respuestas de
terceros (comentarios, burlas,
hostigamiento), que agravan o
atenúan el daño
Cultural
Vulneración de valores y
derechos inherentes a la
dignidad humana y
personalidad, afectando la
reputación y el reconocimiento
social.
Normativa constitucional y
convencional sobre derechos de la
personalidad; análisis
jurisprudencial; doctrinas sobre
honor y dignidad.
Reconocimiento constitucional y
convencional limita la libertad de
expresión cuando esta afecta
derechos de personalidad; deben
evaluarse límites de
proporcionalidad
Económico
Menoscabo en la situación
laboral o profesional de la
víctima, pérdida de
oportunidades o daños
indirectos en su patrimonio.
Pruebas de repercusiones laborales
(evaluaciones, despidos,
sanciones), testimonios, informes
sobre impacto económico
indirecto.
Aunque el daño moral es
extrapatrimonial, en ciertos
casos se vincula a consecuencias
económicas que deben ser
consideradas para una
cuantificación justa
Judicial
(valoración)
Evaluación judicial coherente,
transparente y motivada del
daño moral, considerando
factores propios del entorno
digital como difusión, duración,
interacción.
Actuaciones y motivación judicial
detallada, valoración de la
evidencia digital conforme a
checklist probatorio y tabla
orientativa de factores.
La jurisprudencia ecuatoriana
requiere motivación clara para el
monto indemnizatorio; falta aún
estandarización, pero la
propuesta busca uniformar
criterios para seguridad jurídica
y reparación adecuada.
Nota. Elaboración a partir del estudio de Toledo & Maldonado (2026).
4. Discusión
Los resultados del estudio evidencian que, si bien existe un marco jurídico nacional e internacional que
reconoce la protección del trabajador frente al despido arbitrario, persiste una brecha entre el
reconocimiento formal de los derechos y su aplicación efectiva. Esta situación coincide con lo señalado
por Flores et al. (2025), quienes sostienen que, aunque el derecho al trabajo está constitucionalmente
protegido, en la práctica el despido intempestivo continúa generando afectaciones emocionales y
psicológicas que no siempre son reparadas de manera integral.
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En relación con el marco internacional, los hallazgos se alinean con los principios establecidos por
la Organización Internacional del Trabajo (1982) en el Convenio 158, así como con la Declaración
Universal de los Derechos Humanos (1948) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales
y Culturales (1966), los cuales reconocen el derecho al trabajo y la prohibición del despido injustificado.
Sin embargo, tal como señalan Escobar y Charry (2026), la efectividad de estos instrumentos depende
de su incorporación en la normativa interna de los Estados, lo que genera asimetrías en los niveles de
protección efectiva del trabajador entre distintos contextos jurídicos.
Por otra parte, en el contexto nacional, los resultados son coherentes con lo expuesto por Vega
(2026), quien identifica una falta de uniformidad jurisprudencial en la indemnización por daño moral
en el ámbito laboral. Esta situación refleja la predominancia de reparaciones de carácter económico, lo
que limita el alcance de la tutela respecto a la integridad psíquica del trabajador, tal como también lo
evidencian Barrionuevo y Pachano (2025), al señalar que la reparación del daño moral no siempre logra
restituir plenamente los derechos vulnerados.
Asimismo, Taipehuaman (2025) y Villegas (2026) coinciden en que el despido arbitrario y el acoso
laboral generan impactos emocionales significativos, tales como estrés, ansiedad y depresión,
afectando directamente la estabilidad personal del trabajador. No obstante, ambos autores advierten
que la reparación judicial del daño moral se encuentra condicionada por exigencias probatorias
estrictas, lo que limita su reconocimiento efectivo en la práctica jurisdiccional.
En cuanto a los mecanismos de prueba, los resultados se relacionan con Naranjo y López (2025),
quienes destacan la importancia de la sana crítica y de los medios probatorios psicológicos,
testimoniales y documentales para la acreditación del daño moral. En la misma línea, Toledo y
Maldonado (2026) advierten la necesidad de establecer estándares probatorios más claros, puesto
que la falta de criterios uniformes genera discrecionalidad judicial y decisiones dispares en casos
similares.
Aunque existe un consenso doctrinal y normativo sobre la protección del trabajador frente al
despido arbitrario, persiste una desconexión entre el reconocimiento formal de derechos y su
materialización efectiva. Esta brecha se manifiesta principalmente en la falta de uniformidad
jurisprudencial, la limitada reparación del daño moral y la insuficiencia de mecanismos probatorios
estandarizados, lo que debilita la garantía de una protección integral de la integridad psíquica y
afectiva del trabajador.
Se considera que futuras investigaciones deberían orientarse hacia el desarrollo de criterios
objetivos de cuantificación del daño moral, así como hacia la implementación de protocolos
probatorios estandarizados que permitan fortalecer la seguridad jurídica y la reparación integral en el
ámbito laboral.
5. Conclusiones
El marco jurídico nacional e internacional establece un conjunto de normas orientadas a la protección
del trabajador frente al despido arbitrario, sustentadas en principios como la estabilidad laboral, la
dignidad humana y la prohibición de la terminación injustificada del vínculo laboral. No obstante, se
evidencia una brecha entre el reconocimiento normativo y su aplicación efectiva, especialmente en lo
referente a la protección de la integridad psíquica y afectiva del trabajador, lo que limita la garantía de
una reparación integral en la práctica.
La doctrina y la jurisprudencia han evolucionado hacia el reconocimiento del daño moral como una
afectación que trasciende lo económico, incorporando dimensiones emocionales, psicológicas y
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sociales. Sin embargo, la ausencia de criterios uniformes para su cuantificación genera discrecionalidad
en las decisiones judiciales. Los principales factores identificados para su valoración incluyen la
intensidad del daño, las condiciones del despido, el impacto emocional en el trabajador y la evidencia
probatoria disponible, lo que evidencia la necesidad de estandarizar criterios de cuantificación para
fortalecer la seguridad jurídica.
La acreditación del daño moral requiere la aplicación de mecanismos probatorios integrales que
incluyan evidencia psicológica, testimonios, documentos y valoraciones técnicas, bajo el principio de
sana crítica judicial. Sin embargo, la falta de estandarización en los procedimientos probatorios y la
alta carga de exigencia para el trabajador limitan la efectividad de la reparación. En este sentido, se
identifica la necesidad de fortalecer los criterios técnicos y jurídicos que permitan una valoración más
uniforme, objetiva y garantista del daño moral.
Referencias
Barrionuevo, S., & Pachano, A. (2025). La violación de derechos laborales y humanos en el despido
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Vol. 5 N° 1, enero-junio 2026 (1043-1053)
ISSN: 2960-8317
Yomaira Aracely Barreto Toapanta, Ariel Antony Tayupanda Tayupanda, Cristhian Mauricio Paltan Guaman, Fredy Roberto Hidalgo Cajo 1052
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ISSN: 2960-8317
Yomaira Aracely Barreto Toapanta, Ariel Antony Tayupanda Tayupanda, Cristhian Mauricio Paltan Guaman, Fredy Roberto Hidalgo Cajo 1053
Transparencia
Conflicto de interés
Los autores declaran que no existen conflictos de interés de naturaleza alguna como parte de la
presente investigación.
Fuente de financiamiento
Los autores financiaron completamente la investigación.
Contribución de autoría
Yomaira Aracely Barreto Toapanta: Conceptualización, validación, análisis formal, investigación,
gestión de datos, visualización, redacción - preparación del borrador original, redacción - revisión y
edición, financiamiento, administración del proyecto, recursos, supervisión.
Ariel Antony Tayupanda Tayupanda: Conceptualización, software, validación, investigación, gestión
de datos, redacción - preparación del borrador original, redacción - revisión y edición, financiamiento,
recursos, supervisión.
Cristhian Mauricio Paltan Guaman: Conceptualización, metodología, análisis formal, investigación,
gestión de datos, redacción - preparación del borrador original, redacción - revisión y edición,
financiamiento, recursos.
Fredy Roberto Hidalgo Cajo: Conceptualización, metodología, análisis formal, visualización, redacción
- preparación del borrador original, redacción - revisión y edición, financiamiento.
Los autores contribuyeron activamente en el análisis de los resultados, revisión y aprobación del
manuscrito final.