https://rei.esprint.tech
ISSN: 2960-8317
Vol. 4 1, enero-junio 2025 (327-338)
327
Artículo de revisión
Incidente de reducción de pensión alimenticia: el derecho del
menor y la realidad económica del alimentante
Incident to reduce alimony: the child's right and the economic reality of the
provider
Lupe Janet Aulla Tumailli*
Notaría Primera del cantón Riobamba.
Riobamba-Ecuador
janethaulla@hotmail.com
https://orcid.org/0009-0006-9887-1817
Elvia Rocío Valverde Silva
Consejo de la Judicatura.
Riobamba-Ecuador
elvia.valverde@funcionjudicial.gob.ec
https://orcid.org/0009-0001-6845-9729
Juan Fernando Tapia Sanchez
Consejo de la Judicatura.
Riobamba-Ecuador
juan.tapias@funcionjudicial.gob.ec
https://orcid.org/0009-0006-8582-0762
Verónica Paulina Valverde Carrasco
Profesional Independiente.
Riobamba-Ecuador
abg.veronicavalverde@outlook.com
https://orcid.org/0009-0002-7072-1041
*Correspondencia:
janethaulla@hotmail.com
Cómo citar este artículo:
Aulla, L., Valverde, E., Tapia, J., & Valverde,
V. (2025). Incidente de reducción de pensión
alimenticia: el derecho del menor y la
realidad económica del alimentante. Esprint
Investigación, 4(1), 327-338.
https://doi.org/10.61347/ei.v4i1.113
Recibido: 22 de febrero de 2025
Aceptado: 24 de marzo de 2025
Publicado: 28 de marzo de 2025
Resumen: El incidente de reducción de pensión alimenticia en Ecuador es una figura
legal que busca adecuar las obligaciones alimenticias cuando el alimentante atraviesa
cambios económicos sustanciales. Aunque el Código Orgánico de la Niñez y
Adolescencia (CONA) permite esta revisión, su aplicación enfrenta serias limitaciones
prácticas, principalmente debido a que las resoluciones judiciales no poseen efectos
retroactivos. Esto ha provocado morosidad, sanciones desproporcionadas e incluso
procesos penales contra alimentantes con dificultades económicas reales. La pandemia
de COVID-19 agravó este problema, evidenciando la rigidez del sistema judicial frente a
contextos de crisis. La legislación ecuatoriana, así como instrumentos internacionales
ratificados por el país, reconocen el interés superior del niño como principio rector en
todo proceso que afecta a menores. No obstante, las decisiones judiciales aplican
frecuentemente este principio de manera formalista, sin ponderar adecuadamente los
derechos del alimentante. Asimismo, el uso obligatorio de tablas mínimas de pensión no
siempre refleja la capacidad contributiva real del obligado, lo que puede resultar en
decisiones injustas. El estudio destaca la necesidad de armonizar el derecho del menor a
una vida digna con el principio de justicia distributiva, garantizando una valoración
objetiva y proporcional de cada caso. Se propone una reforma integral del CONA que
incorpore procedimientos más ágiles, criterios técnicos actualizados y capacitación
judicial, permitiendo resolver con mayor equidad los incidentes de reducción de pensión.
Esta transformación normativa debe asegurar la protección efectiva del menor sin
vulnerar los derechos constitucionales del alimentante, promoviendo así una justicia
verdaderamente equitativa y contextualizada.
Palabras clave: Capacidad económica, interés superior, justicia distributiva, niño,
pensión alimenticia.
Abstract: The incident of reduction of child support in Ecuador is a legal mechanism aimed at
adjusting support obligations when the provider experiences substantial economic changes.
Although the Organic Code of Children and Adolescents (CONA) allows for such revisions, its
application faces serious practical limitations, primarily because judicial rulings do not have
retroactive effects. This has led to arrears, disproportionate sanctions, and even criminal
proceedings against providers facing real economic hardship. The COVID-19 pandemic
exacerbated this issue, revealing the rigidity of the judicial system in times of crisis. Ecuadorian
legislation, along with international instruments ratified by the country, recognizes the best
interests of the child as the guiding principle in any proceeding involving minors. However,
judicial decisions often apply this principle in a formalistic manner, without adequately weighing
the rights of the provider. Additionally, the mandatory use of minimum support tables does not
always reflect the actual contributive capacity of the obligated party, which may result in unfair
rulings. The study highlights the need to harmonize the child’s right to a dignified life with the
principle of distributive justice, ensuring an objective and proportional evaluation of each case. It
proposes a comprehensive reform of CONA that incorporates more agile procedures, updated
technical criteria, and judicial training, enabling a fairer resolution of support reduction
incidents. This legal transformation must ensure the effective protection of the child without
infringing upon the constitutional rights of the provider, thereby promoting a truly equitable and
context-sensitive system of justice.
Keywords: Alimony, best interests, child, distributive justice, economic capacity.
Copyright: Derechos de autor 2025 Lupe
Janet Aulla Tumailli, Elvia Rocío Valverde
Silva, Juan Fernando Tapia Sanchez,
Verónica Paulina Valverde Carrasco.
Esta obra está bajo una licencia internacional
Creative Commons Atribución-
NoComercial 4.0.
https://rei.esprint.tech
ISSN: 2960-8317
Vol. 4 1, enero-junio 2025 (327-338)
Esprint Investigación
Lupe Janet Aulla Tumailli, Elvia Rocío Valverde Silva, Juan Fernando Tapia Sanchez, Verónica Paulina Valverde Carrasco 328
1. Introducción
El incidente de reducción de pensión alimenticia es un procedimiento legal contemplado en la
legislación ecuatoriana, su propósito se relaciona con ajustar las obligaciones alimentarias cuando el
obligado atraviesa cambios económicos significativos que afectan su capacidad real para cumplir con
las pensiones fijadas judicialmente. Este mecanismo cobra especial importancia en situaciones donde
eventos inesperados como la pérdida del empleo, reducción considerable de ingresos, enfermedades
graves, cargas familiares adicionales o crisis económica, afectan la estabilidad financiera del
alimentante, y limitan su posibilidad de cumplir adecuadamente con la pensión asignada (Cevallos,
2021).
Sin embargo, en la aplicación práctica de estos principios legales se presentan serias dificultades.
Existen casos frecuentes en los que, a pesar de que se evidencian las circunstancias adversas del
alimentante, la reducción solicitada solo tiene efecto jurídico desde la resolución dictada por el juez,
sin reconocer retroactivamente las dificultades económicas y sufridas por el obligado desde que se
presentó la solicitud. Esta rigidez normativa ocasiona efectos negativos, tales como la acumulación de
deudas por pensiones impagadas, la imposición de sanciones legales como la prohibición de salida del
país o incluso órdenes de prisión por alimentos, generando una carga desproporcionada sobre el
alimentante y vulnerando el principio de igualdad ante la ley (Alarcón, 2020).
Esta problemática se agravó durante la pandemia de COVID-19, crisis que afectó la economía
nacional, aumentando la tasa de desempleo, reduciendo las jornadas laborales y, en consecuencia,
disminuyendo considerablemente los ingresos de numerosas familias ecuatorianas. En este contexto
crítico, los procedimientos judiciales demostraron una escasa flexibilidad y lentitud, incrementando
las solicitudes de reducción de pensiones alimenticias sin recibir respuestas adecuadas ni apropiadas
por parte del sistema judicial. Esta situación provocó una alta morosidad en los pagos, afectando tanto
a los alimentantes como a los menores beneficiarios de estas pensiones (Arteaga, 2020).
El incidente de reducción de pensión alimenticia enfrenta así una disyuntiva fundamental:
armonizar el interés superior del menor con la situación económica real del alimentante. Aunque la
legislación permite la revisión de las pensiones ante cambios en las condiciones del obligado, el
procedimiento actual no siempre garantiza resultados justos y eficaces. La normativa vigente limita la
posibilidad de que la reducción surta efectos inmediatos, incluso cuando existan evidencias
contundentes de dificultades económicas sobrevenidas. Esto genera múltiples consecuencias
negativas, por un lado, el alimentante queda expuesto a moras involuntarias y sanciones legales
desproporcionadas; por otro lado, el menor corre el riesgo de sufrir afectaciones si la reducción de la
pensión se aprueba sin un análisis adecuado y profundo (Juárez-Segarra & Guerra-Coronel, 2021).
Este trabajo se propone analizar dicha figura jurídica, desde una perspectiva crítica que incluye
consideraciones doctrinales, legales y sociales. La importancia de este estudio radica en su capacidad
para aportar a la construcción de una justicia más equitativa, donde se respete la dignidad tanto del
menor beneficiario como del alimentante. La correcta aplicación del incidente de reducción de pensión
alimenticia no solo protege el desarrollo integral de los menores, asegurando su acceso a recursos
esenciales como alimentación, salud y educación, sino que evita situaciones injustas que afectan la
calidad de vida y los derechos fundamentales de los alimentantes (Lema, 2024).
Por lo tanto, resulta indispensable contar con mecanismos judiciales eficientes, criterios técnicos
claros y un enfoque humano que permita resolver estos incidentes de manera ágil y justa, asegurando
siempre el equilibrio entre los derechos constitucionales y la realidad socioeconómica actual.
https://rei.esprint.tech
ISSN: 2960-8317
Vol. 4 1, enero-junio 2025 (327-338)
Esprint Investigación
Lupe Janet Aulla Tumailli, Elvia Rocío Valverde Silva, Juan Fernando Tapia Sanchez, Verónica Paulina Valverde Carrasco 329
Marco normativo
El Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia [CONA] (2003) regula el régimen de alimentos en
Ecuador. En su artículo 152 se establece la posibilidad de revisar el monto de la pensión alimentaria
cuando existan variaciones sustanciales en las condiciones económicas del obligado o del beneficiario.
Asimismo, el Consejo de la Judicatura, mediante acuerdos y resoluciones emite anualmente las tablas
de pensiones alimenticias mínimas, referencia obligatoria para jueces y partes.
La normativa permite interponer un incidente ante el mismo juzgado que conoció la causa original
o ante el que tenga jurisdicción según el domicilio del menor. Este incidente debe sustentarse con
pruebas que demuestren el cambio de circunstancias. La pensión alimenticia en Ecuador no solo se
configura como un deber legal, sino como una obligación ética y social que busca materializar el
derecho fundamental del menor a una vida digna. Esta obligación, sin embargo, se inserta dentro de
una estructura normativa compleja que intenta equilibrar dos pilares: la protección prioritaria del
menor y el respeto a la capacidad contributiva del alimentante (Benavides, 2024).
La Constitución de la República del Ecuador (2008) consagra en su artículo 44 que el Estado, la
sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de los niños, niñas y
adolescentes, y garantizarán el ejercicio pleno de sus derechos. Entre estos, el derecho a recibir
alimentos se reconoce como indivisible del derecho a la vida, a la salud y a la educación. Por
consiguiente, el artículo 11, numeral 3, establece además que los derechos de las personas serán
directamente exigibles, sin necesidad de ley habilitante, lo que refuerza el carácter inmediato y no
negociable de las pensiones alimenticias. Esta base constitucional impide que cualquier modificación
al monto fijado pueda hacerse de forma arbitraria, ya que implica una afectación directa a un derecho
fundamental (Carrillo & Segarra, 2023).
El CONA, especialmente en los artículos 142 a 166, regula el proceso de fijación, ejecución y
modificación de pensiones alimenticias. El artículo 152, en particular, establece que cuando existan
cambios sustanciales en las condiciones económicas del alimentante o del alimentado, podrá solicitarse
una revisión del monto fijado previamente. Para Ortiz (2024) es imprescindible, en concordancia con
la norma, exigir que la solicitud esté sustentada en pruebas objetivas y verificables, y que sea tramitada
bajo las reglas del proceso sumario, lo cual busca proteger tanto la celeridad del trámite como su
transparencia.
Una herramienta importante en la fijación y modificación de pensiones es la Tabla de Pensiones
Alimenticias Mínimas, actualizada anualmente por el Consejo de la Judicatura, conforme al salario
básico unificado y el número de hijos que tiene el obligado. Si bien esta tabla no sustituye la valoración
judicial, actúa como una base obligatoria para establecer los mínimos no negociables. A través del
principio de progresividad, se evita que las pensiones caigan por debajo de los estándares básicos de
subsistencia del menor (Consejo de la Judicatura, 2025).
Ecuador ha ratificado diversos tratados internacionales vinculantes, como la Convención sobre los
Derechos del Niño (CDN) adoptada por las Naciones Unidas en 1989 y el Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), que obligan al Estado a garantizar el
cumplimiento efectivo del derecho alimentario. Estos instrumentos imponen una visión integral de los
alimentos, que no se limita a comida o dinero, sino que incluye salud, educación, recreación y
desarrollo psicoemocional. Por tanto, el sistema normativo debe leer el incidente de reducción desde
una óptica integradora, que no permita una interpretación formalista que desproteja al menor (Guncay
& Durán, 2023).
https://rei.esprint.tech
ISSN: 2960-8317
Vol. 4 1, enero-junio 2025 (327-338)
Esprint Investigación
Lupe Janet Aulla Tumailli, Elvia Rocío Valverde Silva, Juan Fernando Tapia Sanchez, Verónica Paulina Valverde Carrasco 330
Un aspecto crítico del marco legal ecuatoriano es la tensión entre la rigidez de las tablas de
pensiones y la realidad económica cambiante del alimentante. Si bien las tablas buscan proteger al
alimentado, su aplicación mecánica puede generar situaciones de injusticia material cuando no se
consideran casos excepcionales como desempleo, enfermedades graves o crisis económicas nacionales.
De igual forma, la inexistencia de lineamientos detallados sobre el proceso de evaluación del incidente
de reducción genera criterios disímiles entre jueces. Algunos dan mayor peso a las pruebas
económicas, mientras que otros priorizan el interés del menor sin un análisis proporcional (Atencio,
2021).
El ordenamiento jurídico ecuatoriano ha avanzado en la protección de los derechos alimentarios de
los menores. Sin embargo, persisten desafíos normativos importantes que deben abordarse desde una
reforma oportuna del CONA y una actualización técnica de los criterios de valoración judicial. La
armonización entre el interés superior del menor y el principio de proporcionalidad contributiva del
alimentante requiere una normativa más detallada, clara y ajustada a los contextos socioeconómicos
actuales.
El interés superior del niño como principio rector
El principio del interés superior del niño se conforma como una directriz fundamental en la protección
y garantía de los derechos de la infancia, reconocida a nivel internacional como una prioridad que
trasciende fronteras culturales, sociales, económicas y políticas. Se trata de un estándar que busca
asegurar, en todo momento y circunstancia, la prevalencia del bienestar integral del menor por sobre
cualquier otro interés o consideración (Cárdenas, 2021).
Este principio implica que, ante cualquier decisión judicial, administrativa o legislativa que
involucre a menores de edad, las autoridades deben evaluar y adoptar tomando en cuenta qué es lo
más conveniente y beneficioso para su desarrollo pleno e integral. El interés superior del niño implica
considerar, además, factores como su salud física y emocional, su educación, protección frente a
cualquier forma de abuso o negligencia, y el derecho a un ambiente familiar estable y amoroso
(Villarreal & Lino, 2022).
La CDN, ratificada por la mayoría de los Estados, establece este principio en su artículo 3: el interés
superior del niño debe constituir una consideración primordial en las acciones relativas a menores,
emprendidas por instituciones públicas o privadas, tribunales, autoridades administrativas u órganos
legislativos. Según Cáceres et al. (2023), este enfoque supone un cambio significativo frente a
concepciones anteriores en las que los niños eran vistos como meros objetos de protección. Hoy día
son reconocidos como sujetos plenos de derecho, cuyas opiniones deben ser consideradas y cuyo
bienestar y desarrollo integral se prioriza como base de las decisiones de los involucrados.
En Ecuador, el principio del interés superior del niño está consagrado en el artículo 44 de la
Constitución, el cual establece que los derechos de niñas, niños y adolescentes prevalecen sobre los
derechos de las demás personas, evidenciando la prioridad que el Estado otorga al bienestar infantil.
Esta disposición obliga a las autoridades judiciales, administrativas y legislativas a observar, respetar
y promover de manera prioritaria este principio en cualquier situación que involucre a menores de
edad. En consonancia con la CDN, la legislación nacional mediante el CONA estipula que, en toda
decisión, sobre todo la relacionada con el ámbito familiar, debe primar el bienestar integral del menor,
orientando la actuación de jueces, autoridades, padres, familiares y responsables legales.
Dentro de este marco normativo el ámbito alimentario adquiere relevancia especial. La pensión
alimenticia constituye una herramienta central para garantizar la subsistencia digna de los menores de
edad, cubriendo integralmente aspectos esenciales como alimentación adecuada, educación, salud,
https://rei.esprint.tech
ISSN: 2960-8317
Vol. 4 1, enero-junio 2025 (327-338)
Esprint Investigación
Lupe Janet Aulla Tumailli, Elvia Rocío Valverde Silva, Juan Fernando Tapia Sanchez, Verónica Paulina Valverde Carrasco 331
vivienda digna, vestimenta apropiada y acceso a la recreación y ocio saludable. Por ello, cualquier
análisis jurídico relacionado con la reducción, incremento o revisión de alimentos debe orientarse bajo
la perspectiva del interés superior del niño, evitando vulnerar su derecho a desarrollarse de manera
integral, saludable y plena (Ysla & De Piérola, 2023).
El Estado ecuatoriano asume la obligación constitucional de asegurar, por los medios legales,
administrativos y judiciales necesarios, que las obligaciones económicas derivadas de la
responsabilidad parental se cumplan a cabalidad. La jurisprudencia nacional también se ha alineado
con este mandato constitucional, indicando de manera reiterada que la condición económica del
alimentante, aunque debe ser tomada en cuenta en los procesos judiciales, jamás puede anteponerse o
poner en peligro la satisfacción de los derechos fundamentales del menor.
La pandemia del COVID-19 planteó en Ecuador desafíos relacionados con la capacidad económica
del alimento y la necesidad de proteger; al mismo tiempo, los derechos fundamentales del menor. No
obstante, aún en tales circunstancias excepcionales, la jurisprudencia ecuatoriana y los órganos
competentes han sostenido la preeminencia del principio del interés superior del niño como una regla
absoluta que garantiza que las circunstancias económicas del alimentario no puedan traducirse en una
desprotección o reducción desproporcionada de estos derechos. Ecuador ha adoptado el principio del
interés superior del niño como guía para sus políticas públicas, su legislación y las decisiones judiciales
relacionadas con la infancia, asegurando de este modo que crezca en un ambiente protector, estable y
adecuado para su pleno desarrollo físico, emocional, intelectual y social (Ballesteros & Flores, 2022).
La justicia distributiva dentro de la realidad económica del alimentante
Ecuador exige una cuidadosa evaluación de la proporcionalidad y equidad en la determinación de la
pensión alimenticia. La Constitución, en su enfoque integral del buen vivir o sumak kawsay, establece
la justicia social como un principio rector, promoviendo una distribución equitativa de recursos para
garantizar la dignidad y calidad de vida de todos los ciudadanos. Este principio de justicia distributiva
adquiere especial relevancia en el ámbito del derecho alimentario, donde se reconoce que la pensión
alimenticia no debe representar una carga excesiva para el alimentante, sino corresponder
proporcionalmente a su capacidad económica y las necesidades del beneficiario (Sánchez et al., 2024).
La realidad económica del obligado alimentante puede variar debido a diversas circunstancias
como la pérdida involuntaria del empleo, enfermedades incapacitantes debidamente certificadas,
nuevas obligaciones alimentarias reconocidas judicialmente o cambios sustanciales en los ingresos del
alimentado. Frente a estos eventos, la legislación ecuatoriana y la práctica judicial han establecido
criterios claros para considerar la reducción de la pensión alimenticia. Según Moreira & Morales (2024),
estos criterios responden a la necesidad de asegurar la protección efectiva del menor y promover la
igualdad entre los progenitores se hace necesaria, la verificación de cambios sustanciales y reales en la
situación económica del alimentante, la evaluación detallada de las necesidades actuales del
alimentado, y la proporcionalidad entre los ingresos disponibles del alimentante y el monto solicitado
para reducción. Además, es esencial demostrar buena fe procesal por parte del solicitante, evitando
cualquier simulación o fraude.
La jurisprudencia ecuatoriana muestra que, aunque existe una clara intención de priorizar el
bienestar y el interés superior del menor, las decisiones judiciales en la práctica se ven influenciadas
por las condiciones económicas actuales de los progenitores. Esto puede generar disparidades y
cuestionamientos sobre la equidad del sistema (Narváez, 2013). Por esta razón, se resalta la necesidad
urgente de reformas legales que establezcan directrices claras y consistentes para la modificación de
pensiones alimenticias, promoviendo así una distribución más justa y efectiva de las obligaciones
financieras familiares.
https://rei.esprint.tech
ISSN: 2960-8317
Vol. 4 1, enero-junio 2025 (327-338)
Esprint Investigación
Lupe Janet Aulla Tumailli, Elvia Rocío Valverde Silva, Juan Fernando Tapia Sanchez, Verónica Paulina Valverde Carrasco 332
La normativa vigente establece la necesidad de que cualquier solicitud de reducción se acompañe
de documentación precisa que respalde los cambios alegados, incluyendo certificados laborales,
historias clínicas, declaraciones juramentadas, informes tributarios o sentencias sobre nuevas
responsabilidades familiares. Esta rigurosidad garantiza que la revisión del monto de la pensión no
vulnere el estándar mínimo de protección que requieren los menores (Vallejo et al., 2024). La realidad
socioeconómica del Ecuador y los desafíos constantes en la búsqueda de justicia distributiva en este
ámbito exigen un enfoque legal que combine flexibilidad ante circunstancias cambiantes y rigor en la
protección del bienestar integral de los menores. La efectiva implementación de estos principios
asegura que las obligaciones alimentarias se ajusten a la capacidad económica real del alimentante, y
garantiza el pleno desarrollo y dignidad de los beneficiarios (Jeréz, 2022).
El objetivo general de esta investigación es analizar desde las perspectivas jurídica, doctrinaria y
jurisprudencial, el incidente de reducción de pensión alimenticia en Ecuador, con el propósito de
identificar y evaluar los mecanismos normativos y procedimentales vigentes, estableciendo sus
fortalezas y debilidades en relación con la búsqueda de equilibrio entre dos derechos fundamentales.
Por una parte, el derecho prioritario e irrenunciable del menor a recibir una pensión alimenticia
suficiente, adecuada y oportuna para satisfacer sus necesidades básicas y asegurar su desarrollo
integral y por otra, el derecho constitucional del alimentante a que se valore su situación económica
real al momento de resolver sobre la reducción solicitada, especialmente en contextos adversos como
pérdida de empleo, disminución significativa de ingresos, enfermedades graves, nuevas cargas
familiares o crisis económicas nacionales.
De esta manera, se pretende proponer lineamientos jurídicos claros y eficaces que mejoren la
legislación ecuatoriana vigente, optimizar los procedimientos judiciales aplicables, fortalecer la
protección del interés superior del niño y garantizar el respeto al principio de igualdad y la justicia
material en favor del alimentante.
2. Metodología
Se adoptó un enfoque cualitativo, en función de profundizar en las implicaciones jurídicas y sociales
derivadas del impacto de reducción de pensión alimenticia en Ecuador. Para alcanzar este objetivo, se
revisaron los principios constitucionales relacionados con la protección integral y el interés superior
del niño, haciendo especial énfasis en el derecho fundamental a recibir alimentos.
Asimismo, se examinó el Código de la Niñez y Adolescencia respecto al procedimiento para
solicitar y resolver incidentes de reducción de pensión alimenticia y analizaron las decisiones
jurisprudenciales claves emitidas por altos tribunales ecuatorianos, específicamente la Resolución No.
252-2012 de la Corte Nacional de Justicia y la Sentencia No. 2301-18-EP/23 de la Corte Constitucional,
con la finalidad de identificar los criterios judiciales predominantes aplicados en estos casos.
Además, se consultó literatura especializada de la doctrina ecuatoriana, con el objetivo de detectar
patrones interpretativos, criterios jurídicos relevantes y posibles vacíos normativos en la aplicación
práctica de esta figura jurídica. Por último, se interpretó y organizó la información recopilada mediante
un análisis descriptivo y crítico, y se formularon conclusiones y recomendaciones orientadas a mejorar
el procedimiento judicial vigente. Esto permitió optimizar el equilibrio entre el interés superior del
menor y la realidad económica del alimentante, promoviendo así una administración de justicia más
equitativa y eficiente.
https://rei.esprint.tech
ISSN: 2960-8317
Vol. 4 1, enero-junio 2025 (327-338)
Esprint Investigación
Lupe Janet Aulla Tumailli, Elvia Rocío Valverde Silva, Juan Fernando Tapia Sanchez, Verónica Paulina Valverde Carrasco 333
3. Resultados
Tabla 1
Análisis comparativo de jurisprudencia sobre reducción de pensión alimenticia
Elemento
analizado
Resolución No. 252-2012 (Corte Nacional
de Justicia)
Sentencia No. 2301-18-EP/23 (Corte
Constitucional)
Norma central
sobre alimentos
Código Orgánico de la Niñez y
Adolescencia (CONA)
Código Orgánico de la Niñez y
Adolescencia (CONA)
Artículo clave
citado
Art. innumerado 5 (obligados
subsidiarios); Art. 8, 11, 12, 16 del CONA.
Art. innumerado octavo del CONA: clave
para definir cuándo rige la pensión y su
reducción.
Constitución de la
República del
Ecuador
Art. 44 (interés superior del niño); Art. 66
(vida digna); Art. 69 (corresponsabilidad
parental).
Art. 82 (seguridad jurídica); Art. 44
(interés superior del niño mencionado,
pero no sustentado suficientemente en el
caso concreto).
Requisitos para
fijar alimentos
Título legal, necesidad del alimentario y
solvencia del alimentante. Criterios
doctrinarios aplicados para analizar
capacidad de pago.
No se analizan estos requisitos
directamente, ya que el enfoque es sobre
el momento desde el cual debe pagarse la
pensión, no su reducción.
Reducción de
pensión
alimenticia
Mencionada como causa de extinción en
caso de imposibilidad
económica del
alimentante. No se analiza un caso
específico de reducción.
Se cita el artículo que regula directamente
la reducción: solo rige desde la resolución
que la declara, nunca antes.
Interés superior
del niño
Es principio rector en todo el
razonamiento. Justifica la posibilidad de
acudir a obligados subsidiarios en
ausencia del padre.
Mencionado por la parte actora, pero la
Corte no lo desarrolla por falta de
argumentación sólida en la demanda de
acción extraordinaria.
Principio de
legalidad /
seguridad jurídica
Se hace referencia al respeto de la norma
como base del debido proceso. El fallo
señala la necesidad de respetar la jerarquía
normativa.
Se declara vulneración al derecho a la
seguridad jurídica por ignorar el mandato
legal de fijar la pensión desde la
presentación de la demanda.
Efecto de la
resolución judicial
Toda modificación a la obligación
alimentaria requiere justificación legal y
resolución judicial, para no vulnerar los
derechos del menor.
El cambio del momento de inicio de la
pensión (de presentación a citación)
generó una pérdida de pensión al menor,
violando sus derechos.
Retroactividad de
pagos
Implícitamente rechazada. La pensión solo
puede modificarse a partir de resolución
judicial, no con efectos anteriores.
Claramente rechazada. Se reafirma que la
reducción no es retroactiva, y cualquier
cambio solo aplica desde la resolución.
Mecanismo de
protección de
derechos
Recurso de casación ante la Corte
Nacional. Se busca control de legalidad y
correcta aplicación normativa.
Acción extraordinaria de protección ante
Corte Constitucional. Se analiza si hubo
violación de derechos constitucionales y
normativos.
https://rei.esprint.tech
ISSN: 2960-8317
Vol. 4 1, enero-junio 2025 (327-338)
Esprint Investigación
Lupe Janet Aulla Tumailli, Elvia Rocío Valverde Silva, Juan Fernando Tapia Sanchez, Verónica Paulina Valverde Carrasco 334
Observación clave
sobre el equilibrio
entre derechos
Reconoce que el alimentante puede
enfrentar limitaciones económicas, pero
debe probarlas adecuadamente. La
protección del menor es prioritaria.
La Corte protege al menor ante
interpretaciones que afecten su derecho a
alimentos, aun si el alimentante no fue
citado oportunamente.
Aplicabilidad al
incidente de
reducción
Aporta marco doctrinario útil para evaluar
solicitudes de reducción: debe probarse la
nueva realidad económica.
Establece con claridad que la reducción
solo tiene efecto desde la resolución
judicial, principio clave en cualquier
incidente de reducción.
4. Discusión
El análisis del incidente de reducción de pensión alimenticia en el contexto ecuatoriano revela una
compleja interacción entre la protección del interés superior del menor y la realidad económica
cambiante del alimentante. La normativa vigente, particularmente el CONA, establece la posibilidad
de solicitar la revisión de la pensión ante cambios sustanciales en las condiciones del obligado. Sin
embargo, la aplicación práctica de este derecho encuentra serias limitaciones en la rigidez
procedimental y en la ausencia de efectos retroactivos de las resoluciones judiciales (Marinovich, 2024).
La jurisprudencia ecuatoriana, como se evidencia en la Resolución No. 252-2012 de la Corte
Nacional de Justicia y en la Sentencia No. 2301-18-EP/23 de la Corte Constitucional, coincide en que
toda modificación en la obligación alimentaria debe surtir efecto únicamente desde la fecha de la
resolución que la concede, descartando cualquier efecto retroactivo (Corte Nacional de Justicia, 2012;
Corte Constitucional, 2023). Esta interpretación, aunque garantiza seguridad jurídica, puede generar
graves perjuicios al alimentante en situaciones de urgencia económica, ya que acumula una deuda
difícilmente pagable por períodos en los que ya se encuentra en imposibilidad de cumplir con sus
obligaciones.
Este criterio restrictivo contrasta con las exigencias de justicia material y distributiva contempladas
en la Constitución ecuatoriana, que promueve el respeto al principio de igualdad y al derecho a una
vida digna, lo que implica considerar objetivamente las circunstancias socioeconómicas del
alimentante. La ausencia de un enfoque más flexible y humano, sobre todo en contextos de crisis como
la pandemia de COVID-19, ha evidenciado las debilidades del sistema judicial en adaptarse a nuevas
realidades, generando morosidad, sanciones desproporcionadas y, en algunos casos, criminalización
de la pobreza (Uchupailla et al., 2021).
Aunque la jurisprudencia reconoce el interés superior del niño como un principio rector, su
aplicación se ve muchas veces reducida a una fórmula interpretativa rígida. Como muestra la Sentencia
No. 2301-18-EP/23, el interés superior del menor es mencionado, pero no desarrollado adecuadamente,
lo que demuestra una debilidad argumentativa en la ponderación de derechos. Por otro lado, la
Resolución No. 252-2012 aporta elementos doctrinarios útiles al establecer que toda reducción debe
estar sustentada en pruebas objetivas de la nueva situación económica, subrayando la importancia de
la buena fe procesal y la transparencia en el procedimiento.
La revisión de estos fallos permite afirmar que el sistema normativo ecuatoriano carece de un
equilibrio real entre los derechos del alimentante y del menor. Mientras que este último debe ser
protegido en todo momento, ello no debería implicar el sacrificio absoluto de los derechos del primero.
De ahí la necesidad urgente de introducir mecanismos legales más claros y flexibles que permitan una
evaluación individualizada y proporcional de cada caso. La justicia distributiva, entendida como la
búsqueda de equidad en la asignación de cargas económicas familiares, debe jugar un rol central en
las decisiones judiciales relacionadas con alimentos (Guapulema et al., 2025).
https://rei.esprint.tech
ISSN: 2960-8317
Vol. 4 1, enero-junio 2025 (327-338)
Esprint Investigación
Lupe Janet Aulla Tumailli, Elvia Rocío Valverde Silva, Juan Fernando Tapia Sanchez, Verónica Paulina Valverde Carrasco 335
Asimismo, es necesario incorporar criterios técnicos y socioeconómicos actualizados en los procesos
de evaluación de incidentes de reducción, superando la aplicación mecánica de las tablas de pensión.
Estas, si bien actúan como referencia mínima, no contemplan las particularidades de cada caso ni
reflejan con exactitud la capacidad contributiva del obligado. La falta de lineamientos uniformes
también genera disparidades entre fallos judiciales, afectando la predictibilidad y equidad del sistema
(Tates & Villacrés, 2024).
Esta investigación subraya la importancia de avanzar hacia una reforma normativa integral del
CONA y una capacitación constante a jueces y operadores de justicia. El objetivo debe ser garantizar
la tutela efectiva de los derechos del menor, sin desproteger al alimentante ni condenarlo a una
situación de insolvencia permanente. Un sistema justo debe ser capaz de reconocer tanto la
vulnerabilidad del niño como la realidad económica del progenitor obligado, promoviendo decisiones
equitativas, proporcionales y sensibles al contexto social (Cangas et al., 2019).
Los resultados han evidenciado de manera clara que la estructura actual del incidente de reducción
de pensión alimentaria en Ecuador requiere ajustes sustanciales para asegurar una administración de
justicia más equitativa y eficiente. Las reformas deben orientarse a fortalecer el equilibrio entre el
interés superior del menor y la justicia material, evitando afectaciones innecesarias a derechos
constitucionales esenciales de cualquiera de las partes.
5. Conclusiones
La normativa actual sobre reducción de pensión alimenticia en Ecuador resulta limitada para atender
con justicia situaciones de crisis económica del alimentante, ya que establece que toda modificación
solo tiene efecto desde la fecha de resolución judicial, sin posibilidad de retroactividad. Esto puede
generar acumulación de deuda, sanciones legales desproporcionadas y vulneración del derecho a la
igualdad, especialmente cuando el alimentante demuestra haber atravesado dificultades económicas
antes del fallo.
El principio del interés superior del niño, aunque reconocido como eje rector en la legislación
ecuatoriana y en tratados internacionales, no siempre se aplica con un enfoque argumentativo sólido
en la práctica judicial, lo que debilita su efectividad. En algunos casos, este principio se menciona de
forma general, sin una ponderación adecuada frente a los derechos del alimentante, lo que genera
decisiones desequilibradas.
La justicia distributiva y la realidad socioeconómica del alimentario deben incorporarse de manera
efectiva en las decisiones judiciales sobre alimentos, permitiendo una evaluación individualizada de
cada caso. La aplicación rígida de las tablas de pensiones no siempre refleja la verdadera capacidad
contributiva del obligado, lo cual conduce a resoluciones injustas que afectan tanto al alimentante
como al menor.
Es indispensable una reforma técnica y estructural del CONA que contemple procedimientos más
ágiles, criterios uniformes y herramientas técnicas que orienten a los jueces en la valoración
proporcional de las solicitudes de reducción. Esta reforma debe asegurar un equilibrio efectivo entre
los derechos del menor y las condiciones económicas reales del progenitor, fortaleciendo así una
justicia más equitativa y eficiente.
https://rei.esprint.tech
ISSN: 2960-8317
Vol. 4 1, enero-junio 2025 (327-338)
Esprint Investigación
Lupe Janet Aulla Tumailli, Elvia Rocío Valverde Silva, Juan Fernando Tapia Sanchez, Verónica Paulina Valverde Carrasco 336
Referencias
Alarcón, K. V. (2020). Análisis jurídico de la capacidad económica del alimentante en el juicio de incidente de
rebaja de pensión alimentaria en el cantón Tulcán frente a la pandemia COVID-19 [Tesis de grado,
Universidad Regional Autónoma de los Andes]. Repositorio institucional. https://n9.cl/fo59fh
Arteaga, R. L. (2020). Incidente de rebaja de pensión alimentaria según el Código de la Niñez y Adolescencia.
UNIANDES. https://n9.cl/jgbmfz
Atencio, R. (2021). Visibilización de los derechos jurídicos de los niños ecuatorianos. Cienciamatria, 7(1),
460-469. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=8305754
Ballesteros, R. M., & Flores, D. V. (2022). Responsabilidad del pago de pensiones alimenticias bajo la
recesión por la pandemia de COVID-19 en el Ecuador. Journal of Science and Research, 7(4), 56-
70. https://revistas.utb.edu.ec/index.php/sr/article/view/2824
Benavides, M. (2024). Los derechos de niñas, niños y adolescentes en Ecuador: sus agendas de exigibilidad
(1990-2022) [Tesis de maestría, Universidad Andina Simón Bolívar]. Repositorio institucional.
https://repositorio.uasb.edu.ec/handle/10644/9811
Cáceres, M., Vallejo, L., & Culcay, I. (2023). El principio jurídico del interés superior del menor ante la
muerte de sus progenitores. Revista Lex, 6(22), 240-252.
https://doi.org/10.33996/revistalex.v6i22.158
Cangas, L., Iglesias, J., Mosquera, M., & Puerta, Y. (2019). El interés superior del niño y el estricto
respeto al principio de la convencionalidad de las normas. Uniandes Episteme, 6, 938-951.
https://n9.cl/s6ohs
Cárdenas, N. (2021). Interés superior del niño, niña y adolescente en Ecuador. Iustitia Socialis, 6(10),
164-177. https://n9.cl/yu8xi
Carrillo, S., & Segarra, L. (2023). Tutela judicial efectiva en la sustanciación de los incidentes por aumento y
reducción de las pensiones alimenticias, provincia de Santa Elena cantón Santa Elena [Tesis de grado,
Universidad Estatal Península de Santa Elena]. Repositorio institucional. https://n9.cl/p0rps
Cevallos, C. (2021). El incidente de rebaja de pensión alimentaria y el derecho de igualdad [Tesis de grado,
Universidad Técnica de Ambato]. Repositorio institucional. https://n9.cl/6tswqb
Código de la Niñez y la Adolescencia Art. 142, Art. 152, Art. 166. 3 de enero de 2003. Registro Oficial
(737). (República de Ecuador). Consejo de Igualdad Intergeneracional. (Ecuador).
Consejo de la Judicatura. (2025). Tabla de pensiones alimenticias mínimas 2025. https://n9.cl/uzkvq
Constitución de la República del Ecuador [CRE]. Art. 11, Art. 44, Art. 95. 20 de octubre de 2008.
(Ecuador).
Convención sobre los Derechos del Niño (1989). Art 27. (El Salvador).
Corte Constitucional. (2023). Sentencia No.2301-18-EP/23.
Corte Nacional de Justicia. (2012). Resolución No. 252-2012.
Guapulema, M., Palate, D., Guerrero, S., & Carrera, S. (2025). El concepto de justicia en la era digital:
cómo las teorías clásicas de la justicia se aplican (o no) a problemas actuales como la brecha
digital y el acceso a la información. LATAM, 6(1), 2443-2452.
https://doi.org/10.56712/latam.v6i1.3508
https://rei.esprint.tech
ISSN: 2960-8317
Vol. 4 1, enero-junio 2025 (327-338)
Esprint Investigación
Lupe Janet Aulla Tumailli, Elvia Rocío Valverde Silva, Juan Fernando Tapia Sanchez, Verónica Paulina Valverde Carrasco 337
Guncay, P., & Durán, A. L. (2023). La evolución de los derechos de los derechos de los niños, niñas y
adolescentes y su reconocimiento en la Constitución de la República del Ecuador. Dominio de
las Ciencias, 9(4), 1310-1329. https://doi.org/10.23857/dc.v9i4.3670
Jeréz, T. (2022). El incidente de rebaja de pensiones alimenticias y la tutela judicial efectiva de los derechos del
alimentante [Tesis de grado, Universidad Regional Autónoma de Los Andes]. Repositorio
institucional. https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/14722
Juárez-Segarra, M. A., & Guerra-Coronel, M. A. (2021). Los incidentes de rebaja de pensión alimenticia
- el interés superior del niño en situación de pandemia por la COVID-19 y la responsabilidad
objetiva del estado. Polo del Conocimiento, 6(12), 328-353. https://n9.cl/g1l29
Lema, C. (2024). La falta de citación oportuna al demandado en los juicios de alimentos vulnera el derecho a la
legítima defensa [Tesis de grado, Universidad Regional Autónoma de Los Andes]. Repositorio
institucional. https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/17704
Marinovich, H. (2024). El principio de interés superior del niño y su influencia en los procesos judiciales de
tenencia en el distrito judicial de Lima Norte, 2022 [Tesis de grado, Universidad Continental].
Repositorio institucional. https://n9.cl/kury2
Moreira, M., & Morales, S. (2024). Igualdad e interés superior del menor ante la exigibilidad del
incidente de rebaja y aumento de pensión alimenticia en Ecuador. 593 Digital Publisher CEIT,
9(5), 454-473. https://doi.org/10.33386/593dp.2024.5.2614
Narváez, O. (2013). La realidad de la obligación alimentaria. Inciso, 15, 263-274. https://n9.cl/h5q44
Ortiz, C. (2024). El principio de igualdad y el incidente de rebaja de pensión alimenticia [Tesis de grado,
Universidad Técnica del Norte]. Repositorio institucional. https://n9.cl/kfavs
Sánchez, L., Mero, M., & Velez, W. (2024). La Justicia Distributiva: Una mirada desde la Constitución
del Ecuador 2008. Ciencia Latina, 8(5), 8001-8018. https://doi.org/10.37811/cl_rcm.v8i5.14207
Sentencia No. No. 2301-18-EP/23.
Tates, E., & Villacrés, J. (2024). El error judicial de derecho en el recurso de revisión y el ejercicio de la
función garante. Ciencia UNEMI, 17(44), 91-108. https://doi.org/10.29076/issn.2528-
7737vol17iss44.2024pp91-108p
Uchupailla, C., Toro, Y., & Ramón, M. (2021). El incumplimiento del pago de pensiones alimenticias
producido por la crisis económica por pandemia. 593 Digital Publisher CEIT, 6(5-1), 44-67.
https://doi.org/10.33386/593dp.2021.5-1.642
Vallejo, J., Layedra, G., Ortega, E., & Zurita, L. (2024). La pensión alimenticia como un pilar
fundamental para garantizar el interés superior del niño en el marco jurídico ecuatoriano. Tesla,
4(1), e377. https://doi.org/10.55204/trc.v4i1.e377
Villarreal, A., & Lino, M. (2022). Principio constitucional de interés superior del niño: la tenencia en los casos
de divorcio de los progenitores al amparo de las reglas del artículo 106 del Código Orgánico de la Niñez
y Adolescencia, año 2020 [Tesis de grado, Universidad Estatal Península de Santa Elena].
Repositorio institucional. https://repositorio.upse.edu.ec/handle/46000/7648
Ysla, D., & De Piérola, V. (2023). Una visión sistemática de la Importancia del Interés Superior del Niño
en Sudamérica. Regunt, 3(1), 7283. https://doi.org/10.18050/regunt.v3i1.07
https://rei.esprint.tech
ISSN: 2960-8317
Vol. 4 1, enero-junio 2025 (327-338)
Esprint Investigación
Lupe Janet Aulla Tumailli, Elvia Rocío Valverde Silva, Juan Fernando Tapia Sanchez, Verónica Paulina Valverde Carrasco 338
Transparencia
Conflicto de interés
Los autores declaran que no existen conflictos de interés que influyan en la objetividad de este estudio.
Fuente de financiamiento
No se recibieron fondos financieros de ninguna organización que pudiera tener interés en los
resultados presentados.
Contribución de autoría
Lupe Janet Aulla Tumailli: Conceptualización, metodología, software, validación, análisis formal,
investigación, gestión de datos, visualización, redacción - preparación del borrador original, redacción
- revisión y edición, financiamiento, administración del proyecto, recursos, supervisión.
Elvia Rocío Valverde Silva: Conceptualización, metodología, software, validación, análisis formal,
investigación, gestión de datos, visualización, redacción - preparación del borrador original, redacción
- revisión y edición, financiamiento, recursos.
Juan Fernando Tapia Sanchez: Conceptualización, software, validación, análisis formal, investigación,
gestión de datos, visualización, redacción - preparación del borrador original, redacción - revisión y
edición, financiamiento, recursos.
Verónica Paulina Valverde Carrasco: Conceptualización, software, validación, análisis formal,
investigación, gestión de datos, visualización, redacción - preparación del borrador original, redacción
- revisión y edición, financiamiento, recursos.
Los autores contribuyeron activamente en el análisis de los resultados, revisión y aprobación del
manuscrito final.